Siempre los impuestos han sido un tema escabroso para todo gobierno, sobre
todo para los gobiernos en este país, que a lo largo de la historia se han
caracterizado por la poca eficiencia y la nula transparencia con que los
recursos se han aplicado derivados de la recaudación impositiva. A reserva de
la recién aprobada reforma hacendaria, que a mi juicio fue solo una reforma
fiscal con fines recaudatorios con poca claridad y eficacia en lo que se usarán
los recursos, el tema a colación tiene que ver con la manera en que los
gobiernos locales, particularmente los municipios, juegan con sus haciendas o
sus regímenes tributarios amparándose en el sistema federal y la autonomía que
éste sistema les confiere. Pues bien,
revisando la ley de ingresos del municipio de Allende, Coahuila, salen a la luz
los detalles sobre los aspectos y acciones que llenarán las arcas de la
tesorería municipal para, según la teoría, utilizarlos en beneficio de la
comunidad. Y uno de estos detalles, sin
importar la necesidad y urgencia de recursos, no tiene justificación alguna
para poder existir más que aquel que le dio origen derivado de alguna idea de
algún funcionario con deseos de incrementar a como diera lugar los recursos del
fisco allendense.
Y es el referente al artículo 24 de la ley de ingresos, referente a la expedición de licencias para la colocación
y uso de anuncios y carteles publicitarios, que señala lo siguiente: ARTÍCULO 24.- Es objeto
de este derecho la expedición de licencias y el refrendo anual de éstas, para
la colocación y uso de anuncios y carteles publicitarios o la realización de
publicidad, excepto los que se realicen por medio de televisión, radio,
periódico y revistas.
El problema, a simple vista no parece existir,
sin embargo, en la práctica aparecen los detalles, y es que ahora cualquier
negocio, por ejemplo una paletería, que siempre ha pagado impuestos al estar
dentro del régimen de pequeños contribuyentes, y que debe por razones
eminentemente comerciales publicitar en su fachada su razón social, debe pagar
impuestos por exhibir su giro comercial en las paredes de su propia
instalación, lo cual me parece una aberración a
todas luces recaudatoria. Pues ya se paga un impuesto por el permiso
para funcionar como negocio, además del impuesto predial que se paga al
municipio, como para terminar pagando por algo que es inherente a la existencia
del propio negocio. Todo ello me
recuerda aquella sugestiva película titulada “La ley de Herodes”, en donde el
alcalde tomo la constitución y recorta algunas partes de la misma y le agrega
alguno extractos de su puño y letra para cobrar impuestos al estilo Antonio
López de Santa Anna, es decir, cobrar hasta por poseer perros.
Soy un convencido de la necesidad de pagar impuestos,
pues un gobierno necesita recursos para trabajar, sin embargo, cuando la carga
impositiva resulta ser descaradamente recaudatoria y sin fundamentos
suficientes para su existencia, el termino se transforma en otra más
peyorativo: Rapiña, y eso, precisamente, es lo que denota el artículo 24 de la
ley de ingresos de Allende, Coahuila.