miércoles, 8 de mayo de 2013

ILEGALIDAD


Siempre he sido un convencido de la necesidad del imperio de la Ley, de la necesidad de la instauración del Estado de Derecho. En virtud de ello estoy en total acuerdo en que se aplique la ley de manera genérica y con todo el rigor posible, desde una simple infracción por una falta administrativa, hasta una pena pecuniaria y punitiva cuando se trata de un delito grave.
El detalle es que la ley debe ser aplicada en el marco de regulaciones normativas claras, objetivas y estipuladas conforme a derecho. Por ello no me parecen claras las detenciones que realiza la honorable policía de Allende, Coahuila, a los automovilistas que detienen por conducir con  aliento alcohólico, pues para que la infracción proceda, debe hacerse uso del alcoholímetro para medir el grado de intoxicación, pues no es lo mismo ingerir una copa luego de la cena que varias botellas en cualquier juerga. El problema es que en la comandancia de dicha corporación, se encuentra una lona desplegada enlistando las infracciones y su respectivo costo, y en ella, cuando se hace referencia al alcohol, se menciona nada más el estado de embriaguez, el cual dista mucho del aliento alcohólico. Por ello, para empezar, la remisión del conductor con aliento en mención resulta a todas luces ilegal, pues no solo se está conculcando el mismo reglamento que cuelga en la comandancia, sino que también se están violando las garantías individuales al interrumpir la libertad de tránsito equiparando dicha acción a un secuestro exprés. Es decir, dicho cuerpo policiaco no solo no aplica su reglamento, sino que secuestra ciudadanos que pueden demandar a la corporación con toda la causa a su favor.
Otro detalle, sería saber si todas las infracciones contenidas en la lona se encuentran aprobadas por el cabildo de dicho municipio, caso contrario, dicho reglamento sería ilegal y en consecuencia, todas las multas equivaldrían a asalto a automovilistas. Es decir, sin fundamento legal derivado de acuerdo de cabildo, la lista de infracciones de la corporación y las detenciones derivadas del incumplimiento del mismo equivaldrías a asalto y secuestro de ciudadanos conductores. Por lo que se debería regresar todo el dinero incautado a los automovilistas. No obstante, lo que si queda claro y conculcado, es, sin duda, la disposición relativa a la embriaguez, pues para aplicar la infracción respectiva se deberá contar en ese momento con alcoholímetro para evitar cometer un acto de secuestro.
Definitivamente, la ley no puede aplicarse de manera intuitiva, debe ser específica, objetiva, clara y precisa, pues las lagunas jurídicas sólo denotan falta de profesionalismo y compromiso social. Así mismo, todo orden jurídico debe estar amparado bajo la autorización de un cuerpo edilicio facultado para aprobar dichas disposiciones, caso contrario, tan sólo se está jugando a la simulación en una dependencia que se encarga nada más y nada menos que aplicar la ley. Irónica situación.