Como el perro de las dos tortas de aquella fabula y moraleja bien conocida por todo mundo, de esa manera ha quedado Sandra Torres en el vecino país guatemalteco.
Ser la esposa del actual mandatario de aquel país, Álvaro Cólom, le impedía poder contender por la presidencia de Guatemala, ya que por mandato constitucional, queda prohibido que parientes directos del presidente puedan aspirar a ocupar la presidencia para evitar de alguna manera la perpetuidad indirecta de algún clan familiar en el poder.
Para poder dirimir ese pequeño, pero significativo detalle, y una vez estado tan cerca del poder que decidió quedarse cerca de él, procedió a divorciarse del mandatario; de esa manera, no existiría ya vínculo legal directo entre dicha pareja y de esa manera su candidatura no sería ilegal.
De tal suerte, Sandra Torres perdía inexorablemente su primera torta en la búsqueda de una más robusta y con más ingredientes.
No obstante, aún y con apoyo de la alianza oficialista Unidad Nacional de la Esperanza-Gran Alianza Nacional (UNE-GANA), y el haberse separado legalmente de su esposo, no fue suficiente para que se interpusiera una controversia constitucional y los magistrados del máximo tribunal guatemalteco fallaran en contra de la ex primera dama al negarle la candidatura por acciones fraudulentas relacionadas con su divorcio coyuntural y sospechoso en vísperas de la sucesión presidencial.
Con esa decisión judicial, inapelable por cierto y última instancia legal del país; la otrora primera dama perdía su segunda torta a manos de los magistrados por intentar burlar a la ley en la búsqueda del poder presidencial.
De ahí que la ahora divorciada y desvirtuada Sandra Torres busque instancias legales internacionales para tratar de revertir dicha adversidad que solo beneficia directamente al opositor Otto Pérez Molina.
El dilema de la actuación de las autoridades guatemaltecas es considerable, puesto que los magistrados no están para tratar de investigar posibles o probables motivaciones personales e interpretarlas según actos que pudiesen parecer sospechosos, sino para interpretar objetivamente y al pie de la letra la constitución, y si ésta menciona tácitamente que ser esposa del presidente es motivo de supresión de aspiraciones presidenciales, el no ser esposa del mandatario permite la participación directa en los comicios como aspirante a la primera magistratura.
Así mismo, en el marco de las Neo-Democracias, como el caso de Venezuela, las personas siguen votando por los mismos candidatos sin que exista mayor problema, debido a que es el mismo pueblo, quien por decisión propia, refrenda en sus puestos a sus gobernantes; por ello no veo el delito en la intención presidenciable de Sandra Torres, pues aún y se le permitiera participar, las encuestas le dan una cómoda victoria a Otto Pérez Molina; por ello, insisto, no veo el problema en permitirle a la señora participar en las próximas elecciones.
Lo que, sin embargo, queda evidenciado, es el poder que poco a poco va adquiriendo el poder judicial en un sano equilibrio de poderes lo que resulta benéfico a largo plazo para la turbulenta nación guatemalteca.
Por lo pronto, Sandra ha quedado como aquel clásico perro de la fábula, y el poder judicial como el gran represor e interpretador infalible de actitudes sospechosas.